16 de mayo de 2012

¿Qué propiedades de la iglesia están exentas de IBI?

En un comentario a mi entrada anterior sobre el IBI y la Iglesia pregunta Francisco por las propiedades de la iglesia que no estén dedicadas al culto o a actividades sin ánimo de lucro. Por ejemplo, tierras que estén en explotación agraria, o inmuebles que tengan dedicados a actividades económicas. Eso me ha llevado a volver al texto de la ley que regula las Haciendas Locales, que ya cité, donde dice que están exentos:
c. Los [inmuebles] de la Iglesia Católica, en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, y los de las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas, en los términos establecidos en los respectivos acuerdos de cooperación suscritos en virtud de lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución.
¿Y qué dice el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, que es uno de los cuatro acuerdos que forman lo que se suele llamar el Concordato? Pues esto:
Artículo IV. 1. La Santa Sede, la Conferencia Episcopal, las Diócesis, las Parroquias y otras circunscripciones territoriales, las Órdenes y Congregaciones Religiosas y los Institutos de Vida Consagrada y sus provincias y sus casas tendrán derecho a las siguientes exenciones: 
A. Exención total y permanente de la contribución territorial urbana de los siguientes inmuebles:
1. Los templos y capillas destinados al culto, y asimismo, sus dependencias o edificios y locales anejos destinados a la actividad pastoral.
2. La residencia de los Obispos, de los Canónigos y de los Sacerdotes con Cura de almas. 
3. Los locales destinados a oficinas, la Curia Diocesana y a oficinas parroquiales. 
4. Los seminarios destinados a la formación del Clero Diocesano y Religioso y las Universidades eclesiásticas en tanto en cuanto impartan enseñanzas propias de disciplinas eclesiasticas. 
5. Los edificios destinados primordialmente a casas o conventos de las Órdenes, Congregaciones Religiosas e Institutos de Vida Consagrada.
Es decir, no cualquier propiedad de la iglesia, sino aquellas destinadas a la actividad religiosa, y a la residencia de los religiosos. Si esto es así (creo que no hay otras normas que amplíen la exención), y se cumple, las terrenos rústicos de los que sea propietaria la iglesia, o los inmuebles urbanos dedicados a otras actividades (que no estén exentos por otros motivos, como los centros educativos o sanitarios) deberían estar pagando el IBI religiosamente, si se me permite la broma. Si no as así, aquí sí que habría un indiscutible motivo de protesta, lógicamente. La ley debe cumplirse por todos.

De hecho, y esto me lleva a otro malentendido que va circulando por ahí, alguna gente, a raíz de la polémica española, ha puesto a Italia como ejemplo, diciendo: fíjense, allí la iglesia tampoco paga el IBI, pero Monti ha decidido que sí se lo va a cobrar. ¡Hagamos como Italia!

Pero si leen con cuidado las noticias sobre Italia verán que en realidad allí el problema es que la ley es como la española: están exentas las propiedades dedicadas a la actividad religiosa. Sin embargo desde 2005, una norma aprobada por Berlusconi ha facilitado que la iglesia estuviera también exenta por inmuebles de usos mixtos, lo que llevaba, según denuncian los críticos con esa norma, a que hoteles, albergues o incluso oficinas estuvieran exentas del equivalente al IBI, simplemente con que en el mismo edificio hubiera una capilla. La Comisión Europea inició en 2010 un procedimiento contra Italia porque pensaba que se podía tratar  de un caso de ayuda estatal prohibida, y los anuncios recientes de Monti tienen que ver con que Italia se arriesga a una sanción si no cambia esa normativa. De hecho, si en España estuviera pasando lo mismo (que la iglesia no pague por edificios de uso fundamentalmente comercial), se podría iniciar un procedimiento contra el gobierno español por el mismo motivo. No sólo la ley española, sino los tratados europeos, apoyarían que la iglesia pague el IBI por sus propiedades no dedicadas a la actividad religiosa.

Pero en las noticias y debates que circulan en España sobre el tema no he visto reflejada esta diferencia. Si saben ustedes más sobre cuál es la situación real en España sobre el asunto, no duden en contárnoslo en los comentarios.  

19 comentarios:

  1. En el término de Úbeda (Jaén), hay un Santuario dedicado a la patrona, por el que la cofradía que le da culto paga un impuesto (no estoy seguro si es el IBI), aunque creo que no es por el Santuario en sí, sino por los terrenos circundantes.

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  2. Pero en la práctica casi todos los inmuebles en uso caen en una de esa categorías. Evidentemente si la iglesia compra acciones de un negocio (como hace con relativa frecuencia) ese negocio no pasa a estar exento de pagar el IBI, pero casi todo lo demás si lo está: los templos, las oficinas dedicadas a la gestión, los locales de catequesis, los seminarios, las viviendas de los curas...

    Hay que recordar, que no tener ánimo de lucro no es suficiente para estar exento de IBI. Por poner una ejemplo que conozco: una asociación universitaria dedicada a organizar el transporte de sus socios a el campus de una provincia limítrofe paga IBI. Por no hablar de las viviendas de cada uno de nosotros.

    Que la ley se esté cumpliendo no quiere decir que sea justa. La vivienda de un cura no paga IBI pero la vivienda de un fontanero sí, motivo más que suficiente para quejarse.

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  3. Creo que es dificil contestar al tema sin hacer un estudio. Para empezar se debería ver que propiedades tiene la Iglesia en una determinada zona (ni idea de como), y despues ver si las que no caen en los supuestos reseñados pagan ibi (otro que tal...).

    Lo que no es de recibo es decir "hemos calculado que la Iglesia debería pagar 3000 millones" y no dar ninguna información de donde se saca la cifra. Pero por desgracia es lo habitual en toda clase de temas. Siempre recuerdo la cita de Pla en estos casos "describir es mas dificil que opinar, mucho mas, en vista de lo cual todo el mundo opina".

    Otro punto criticable es lo poco que se compara con paises similares, y cuando se hace, se hace mal (ver el caso de Italia). O se compara solo con lo que interesa. Las organizaciones laicas siempre se comparan con Francia por razones obvias. Sin embargo ni nuestra tradicion política es la francesa, ni la laicité francesa es el único modelo en Europa democraticamente homologado.

    Por ejemplo he investigado un poco el caso que conozco bien por razones familiares, el Reino Unido. El primer problema es buscar un equivalente al IBI. Hay dos, por un lado el council tax, que se aplica a viviendas. En este caso los "ministers" de cualquier religión tienen importantes descuentos y exenciones (si el lugar esta vacio, no pagan, cosa que no ocurre con el resto de viviendas). Esto incluye los conventos y similares. Por otro lado esta el business rate, pagado por oficinas, tiendas y negocios varios. Tambien si eres una charity (y son muchas, unas 160000 sin contar Escocia, y muchas de base religiosa), puedes pedir exenciones que rondan el 80% del impuesto. Las webs no detallan mas porque la decision final es un asunto de los ayuntamientos, y las exenciones pueden llegar a ser del 100%. Todo lugar que conste como de "public worship" (lugar de culto) esta totalmente exento. Los "listed buildings" (de interes artistico o historico, una categoria muy amplia) tambien tienen importantes descuentos en fiscalidad.

    O sea, en el Reino Unido en principio se paga algo, pero tambien existen muchisimas exenciones y deducciones fiscales, por ser un edificio de uso religioso, organización sin animo de lucro o monumento artistico/historico.

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  4. Una noticia con doble cara http://www.lavanguardia.com/politica/20120517/54295066629/alcala-medita-cobrar-ibi-iglesia.html. La buena, que se intentaria a nivel local un censo para ver que propiedades de la iglesia deben o no pagar ibi segun la legalidad vigente. La mala, que el PSM se suelta (aun mas) el pelo y habla de 4000 millones, 1000 millones mas que no sabemos (para variar) de donde salen.

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  5. Sé positivamente que la sede (o una sede) de la Conferencia Episcopal (edificio de oficinas) está también exenta por completo, y además no es algo que dependa del Ayuntamiento del lugar (en este caso Pozuelo, al lado de Madrid) sino que viene impuesto por el concordato y la Ley de haciendas locales.

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  6. Aloe,
    Yo creo que eso está incluido en el punto 3 del artículo que cito. Son oficinas vinculadas a la actividad religiosa.

    Otra cosa es si hay, como parece que dicen los ayuntamientos de la comunidad de Madrid que están moviendo el tema, fincas rústicas o explotaciones económicas que no están pagando. En ese caso habéis no sólo que cobrarles sino pedir responsabilidades a quien hasta decidido no hacerlo en el pasado.

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  7. En mi anterior comentario, donde dice "habéis"tendría que decir "habría" y donde dice "hasta" tendría que decir "haya". Problemas de la escritura predictiva desde el móvil.

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  8. Hola a todos. En este enlace hay una referencia a un informe anual de la organización Europa Laica donde dicen haber calculado en 1000M€ esos impuestos no pagados.

    http://www.laicismo.org/detalle.php?pk=13166&tp=ds

    Por si ayuda.

    Saludos.

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  9. Francisco,
    Tal vez se refieran a documentos como este
    http://www.laicismo.org/data/docs/archivo_287.pdf
    En él se dice, como justificación de los supuestos 1.000 millones lo siguiente:
    "1-Las exenciones tributarias, según varias fuentes y expertos consultados, ha podido suponer en el ejercicio de 2010 una falta de ingresos por parte de las diferentes administraciones del Estado de unos 1.000 millones de euros. (*Impuestos municipales -como es el del IBI, obras- y otros varios impuestos directos locales, autonómicos y estatales)"

    NO hay más.

    Curiosamente, sin embargo, aunque ellos han propuesto la cifra de 1.000 millones se han "apuntado" a la de 3.000 que proponen "otras fuentes", como se dice en el texto que has enlazado.

    Hoy mismo he visto en TVE que se hacía un reportaje sobre el tema contrastando la estimación de 100 M que hace la propia iglesia, y los 3.000 que dicen los de Europa Laica, y dejando al espectador que decida, sin darle ninguna orientación adicional sobre cuál de esas cifras tiene más visos de verosimilitud. Y así, hala, que cada uno, según sus prejuicios, se quede con la que más le guste.

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  10. Me gustaría que me dijesen de qué manera puedo adscribir mi piso al culto al Gran Monstruo Spaguetti Volador, e intentar por tanto ahorrarme el IBI del año que viene.
    Ah, ¿que los pastafaris no tenemos exención? ¿Por qué? Les aseguro que tengo unas firmes convicciones morales.
    ¿Qué diferencia hay entre un piso de la Iglesia de los Santos de los Últimos Días y un galponcillo dedicado a catequesis?

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  11. Hola a todos. Otra ley de aplicación en este asunto del IBI. La ley de mecenazgo de 2002 (¿está todavía en vigor?). En su disposición adicional novena habla de las religiones y concretamente de la católica a la que se aplicaría el artículo 15 (punto 1) que es el que hace referencia a la exención específica del IBI. Entre otros impuestos que tampoco se aplicarían.

    Otra cosa es considerar a la iglesia católica una entidad sin ánimo de lucro o una entidad con todas sus posesiones inmuebles (que no olvidemos son cada vez más) 100% dedicadas al interés social.

    Por tanto, sí sería conveniente conocer un censo real de todas las posesiones de la iglesia católica (y del resto, claro) y que tributen todos por aquellas que no cumplan esos objetivos de interés social. Algo bien difícil, procalmo. Sobre todo por el impedimento de la derecha católica en los diferentes gobiernos e instituciones jurídicas, como acaban de demostrar en el ayuntamiento de Barcelona PP y CiU.

    Saludos.

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  12. Hola a todos. Me despisté y no puse la referencia. Ahí va:

    http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2002-25039

    Saludos.

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  13. Francisco,
    En realidad esa norma que comentas la había citado yo ya en las entradas anteriores, que tal vez te aclaren algo.
    La iglesia no está exenta por la Ley del Mecenazgo sin por la Ley de Haciendas Locales, que también exime a otras iglesias que firmen acuerdos de cooperación.

    Por ejemplo, aquí está el realizado con las iglesias evangélicas, en 1992, con rango de ley.

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  14. Y aquí está el acuerdo con la Comisión Islámica de España, también de 1992, que exime del pago del IBI a:

    a) Las Mezquitas o lugares de culto y sus dependencias o edificios y locales anejos, destinados al culto, asistencia religiosa islámica, residencia de Imames y dirigentes religiosos islámicos.

    b) Los locales destinados a oficinas de las Comunidades pertenecientes a la Comisión Islámica de España.

    c) Los centros destinados únicamente a la formación de Imames y dirigentes religiosos islámicos.

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  15. Josu, creo que deberías entrar en otro debate sobre el que hay mucha confusión ¿Con cuánto dinero financia la Iglesia a Cáritas? Un abrazo

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  16. Berni, ese es otro tema entretenido. Hay dos tendencias, una es identificar a la iglesia en bloque con Caritas, otra en considerar a Caritas como si no tuviera nada que ver con la iglesia. Ninguna de las dos es correcta "tal cual". Caritas es una institución que tiene una personalidad juridica propia (i.e separada de la iglesia), con fuentes de financiación separadas, cierto, pero que depende totalmente de la Iglesia. Caritas se organiza a nivel parroquial, diocesano, etc y no por casualidad. De hecho la principal "aportación" de la Iglesia a Caritas es el uso gratis de su infraestructura, personal y sistema de marqueting, lo que hace que sus gastos de administración sean muy bajos comparada con otras ONG y por lo tanto pueda dedicar mas dinero a las necesidades sociales. O sea, todos los despachos parroquiales de Caritas, los parrocos y voluntarios directamente ligados a las parroquias y las campañas que se hacen a favor de Caritas. Aparte de eso hay las aportaciones de la iglesia a distintos niveles (parroquias, obispados, etc). No se puede identificar "financiación de la iglesia a Caritas" solo con lo que da directamente la CEE, que es para entendernos a la Iglesia lo que la Crue puede ser para las universidades.
    Otro tema es comparar Caritas con lo que se "da" a la Iglesia. Este es otro tema con suma confusión (creo que muy interesada). Primero se barajan des de 4.000 a 12.000 millones alegremente. El problema es que esto suma conceptos muy variopintos, pocos de los cuales son realmente polemicos (en mi opinión). Cojamos el calculo de Publico, que tiene la virtud de ser detallado http://www.publico.es/detalle-imagen/284410/?c=http://www.publico.es/espana/284410/mas-de-6-000-millones-de-euros-para-financiar-la-iglesia-catolica. Pues se ve que sobre 6.348 millones, pues a educación van 4.100, o sea, los miles de colegios y centros en concierto educativo. Y otros 2.048 a sanidad, centros tambien concertados con el estado. A ver, se estara de acuerdo o no con los conciertos, pero no son millones de los cuales la iglesia pueda disponer a su antojo, sino pagos por servicios educativos y sanitarios basicos para la población. Que por cierto no son una remora "nacionalcatolica" sino una realidad presente en otros paises (vease el concepto "prive sous contrat" frances o las faith schools britanicas). Lo mismo con los millones (menos) que van a restauración de edificios y mantenimiento de museos. No es la primera ni la ultima entidad privada que recibe subvenciones de este tipo, y suelen estar mas que justificadas por razones de patrimonio artistico y marketing turistico. Otro caso son los capellanes castrenses y de prisiones, que existen incluso en Francia (aumoniers militaires o des prisons). Lo que queda una vez restado todo esto resulta ser una cantidad mucho menos redonda y polemica, de la que ademas la iglesia debe pagar sueldos (no precisamente boyantes) y otros gastos de infraestructura básicos...

    Pero como en este pais siempre vamos detras de los curas, sea con un cirio o un palo, asi nos va...

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  17. Rosie,
    Me ha encantado la última frase, que no conocía.

    Por lo demás, de acuerdo en todo. La cifra que corretea por ahí de los 11.000 millones de ayudas a la iglesia (que explícita o implícitamente si dice que podríamos ahorrarnos, y así evitar, por ejemplo, los recortes en educación y sanidad) es un zurullo.

    Mezcla conciertos educativos y sanitarios (si la iglesia no lo hace habrá que pagarlo igual), mantenimiento de monumentos (idem), los 1.000 millones imaginarios del IBI, que a lo mejor son 100, y lo único que queda, que realmente es dinero para la Iglesia para sus actividades religiosas son los 250 millones del IRPF, los profes de religión, y los capellanes castrenses. Todo ello no sé si llegará a los 500 millones (por otra parte, profes de religión cuyo número depende de la petición expresa de cada padre al matricular a sus hijos, o sea que cuando la gente deje de pedirlos,
    desaparecerán).

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  18. Buena puntualización, pero habría que ver si se cumple, yo de todas maneras no estoy de acuerdo con que un edificio simplemente por ser de culto religioso esté exento de IBI, me da igual de que religión sea, aunque si en aquellos edificios que sean patrimonio histórico y que no se explotan comercialmente (y que de paso la iglesia los use para el culto religioso para mi no sería problema) para eso hay otras legislaciones al respecto y considero que entonces no se debería recaudar dinero en ellos lo que habitualmente si hace la iglesia en sus edificios de culto.

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