6 de mayo de 2012

Comentarios a la MP Exprés de Mayo de 2012

Esta fue la MP Exprés de mayo de 2012:

18 May 12

Puro PREriodismo. Entre ANTEPROYECTO y PROYECTO hay tiempo para el comité de expertos.
17 May 12

Si alguien entiende las cuentas del final del artículo que me lo explique. Eso son buenas inversiones?
14 May 12

El absentismo medio, 84 horas, causa pérdidas de 30.300 euros por trabajador. Tan productivos somos?
10 May 12

¿La dentista que quitó todos los dientes a su ex?: todo inventado. http://bit.ly/LPbm4c 
08 May 12

Si el diámetro es de 1385 km, el volumen no pueden ser 1386 km cúbicos. Faltan seis ceros.
05 May 12

Montón de medios, citando a Efe, hablan de explosión de globos de helio, que no es inflamable.
03 May 12

Gracias a @mpmoneo otro gráfico que no guarda proporciones ¿por qué lo hacen?

Abc, como todos, dice que es el precio más caro jamás pagado... pero ignora inflación. Error. http://bit.ly/cuU95W


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18 comentarios:

  1. correcaminosmicmic8 de mayo de 2012, 11:42

    Con la poca información que da el texto, resulta aventurado lo que dices porque el helio, sometido a la presión adecuada, sí puede explotar.

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  2. Aunque no sé mucha física:
    El helio que se mete en un globo no puede estar a una presión excesiva, no??
    Si la presión fuera muy alta reventaría el globo. Pero no se habla aquí de globos reventados sino de gas que arde.

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  3. Una explicación del caso de los globos y el Helio:
    MalaCiencia

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  4. Respecto a los intereses. Calcula la rentabilidad para 1000€ y para el plazo indicado. Se le olvida quitar el mordisco de Hacienda. En el caso del Santander al no especificarlo falla por 60 veces si el lector piensa que es para los 60.000€ del mínimo.

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  5. Christian Sánchez18 de mayo de 2012, 10:27

    Un aproximado espesor de una pulgada se convierte en un muy exacto espesor de 2,5 centímetros.

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  6. "Entre el anteproyecto y el proyecto hay tiempo para los expertos".
    Sí y no. En teoría sí, pero en la práctica, un anteproyecto de un gobierno con mayoría absoluta, dado nuestro parlamentarismo de mandados obedientes, es ya un proyecto prácticamente.
    El gobierno (y su grupo parlamentario por delegación) pueden aceptar tal o cual enmienda puntual en el camino, pero el esquema de articulos, la filosofía y el enfoque del anteproyecto ya no se van a modificar. Eso seguro.

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  7. Aloe,
    Para empezar, en este caso, ya ha habido algunos cambios entre el borrador y el anteproyecto, aunque muchas cosas importantes sigan igual.
    Pero es que además la Comisión de expertos no es igual que la oposición en el parlamento. Es un órgano que el propio gobierno (Bueno, una entidad que depende de él), ha decidido constituir para asesorarle. Es una decisión libre del gobierno que ni tenía ninguna obligación de hacerlo.
    Por eso, dar por hecho que no les va a escuchar porque se apruebe el anteproyecto, cuando el anteproyecto es precisamente un texto que por m mandato legal se envía a otros órganos consultivos (en este caso, además del consejo de estado, la agencia de protección de datos), me parece que es una pura especulación sin ningún apoyo, más que un juicio de intenciones.

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  8. "Rentabilidad del 4%..."

    Supongo que te refieres a los cálculos en el apartado final sobre cuáles son los más rentables.

    Parece ser que está poniendo la rentabilidad por cada 1000 euros y, además, por el periodo de que se trate (24 euros, 18 o 12). Sería una chapuza si lo explicara (habría que comparar rentabilidad por mismo periodo de tiempo), pero sin explicarlo es todo un alarde de cómo no hacer las cosas.

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  9. Borradores antes de un anteproyecto puede haber quinientos. No tienen valor jurídico alguno.
    "Anteproyecto" es un documento que ya existe oficialmente, con cierto valor jurídico concreto, que es la propuesta OFICIAL del gobierno a las Cortes, y cuya transformación en Proyecto es un cambio meramente formal (que el Congreso le dé entrada como tal), no de contenido.
    Si, todo se puede cambiar por el camino. En teoría, incluso puede pasar que un Proyecto de Ley no sea aprobado por un Congreso con mayoría absoluta del Gobierno. O que el infierno se hiele: es todo cuestión de probabilidades. :-)

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  10. Aloe,
    Te equivocas. El antreproyecto no se envía a las Cortes, y no se transforma en Proyecto por decisión de las Cortes.

    El Antreproyecto es un texto distinto del proyecto, que se envía al Consejo de Estado (siempre) y a otros órganos consultivos (según la materia). En este caso la Agencia de Protección de Datos.

    Habría que hacer un estudio empírico (que yo no he hecho ¿y tú?) para saber si es muy frecuente o no que haya diferencias importantes entre los anteproyectos y los proyectos. Pero en todo caso se trata de un trámite previo al parlamento, donde, por decirlo así, el poder ejecutivo delibera "consigo mismo", de manera semi-pública. Y donde la cuestión de la mayoría absoluta o no es bastante irrelevante, en principio (aunque es posible que en ocasiones, de hecho, el gobierno introduzca ya en esa fase cambios derivados comentarios o críticas que provienen de la oposición, más que de los órganos consultivos, o reflejadas también en ideas que ofrecen los órganos consultivos).

    Si el propio gobierno ha creado una comisión ad hoc, sobre el asunto concreto, para que le asesore, presumir que no le va a hacer caso, y que el anteproyecto va a ser idéntico al proyecto me parece cuando menos prematuro.

    Por cierto, ayer mismo en la reforma laboral, y en las Cortes, el gobierno, con mayoría absoluta, introdujo unos cuantos cambios a su proyecto original. Parece que los gobiernos, incluso con mayoría absoluta pueden hacer modificaciones en sus proyectos de ley con alguna frecuencia mayor que la de que los infiernos se hielen.

    Luego resulta que no es tan claro

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  11. Josu: Creo que tú no eres abogado constitucionalista, y yo tampoco, así que seguramente los dos estamos equivocados en algo.
    Pero vamos a ver: yo tengo razón en que un Anteproyecto es lo que sale del Consejo de Ministros para convertirse en ley (si completa el camino). Tú tienes razón en que antes de ir al Congreso puede tener que pasar algunos trámites, como que el Consejo de Estado lo informe (o Portección de datos, y a lo mejor otros organismos en otros casos). Pero el Consejo de Estado, por ejemplo, lo único que hace es un informe, que ni siquiera vincula al gobierno. NO puede modificar el texto, solo puede hacer recomendaciones. Supongo que la Agencia de PD lo mismo.
    Claro, si el gobierno quiere hacer caso de las recomendaciones, pues puede devolver el Anteproyecto a la mesa del Consejo de Ministros. Ahí tienes razón, el proceso no es tan automático.
    Pero la comisión de expertos de la que se hablaba no está en el Consejo de Estado. Si el gobierno quiere hacer caso de lo que diga, lo lógico y esperable es que utilice sus conclusiones para elaborar el Anteproyecto, no que ni la espere.
    Así que acepto que yo me estaba equivocada en algunos detalles, pero de lo que se trataba aqui es de si la noticia estaba mal: y no, no creo que esté mal. La suposición de que el Gobierno da por bueno el borrador que aprueba como Anteproyecto es correcta en lo fundamental.

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  12. Por cierto, es normal que en trámite parlamentario un proyecto tenga algunos cambios. Eso está claro, aunque haya mayoría absoluta. Pero NUNCA son cambios de importancia ni de enfoque, son cambios menores.
    Los Consejos de Mnistros son secretos, no son "semipúblicos".

    si es muy frecuente o no que haya diferencias importantes entre los anteproyectos y los proyectos
    Yo creo que no hay diferencia alguna, salvo que los segundos van con maś documentacion adjunta, en su caso (informe del Consejo de Estado, etc.) Porque lo que creo que pasa si el gobierno quiere hacer caso de lo que diga otro organismo por el camino de su Anteproyecto es que lo reclama y lo cambia. O alternativamente, decide que vaya como está y acepta cambios en la discusión parlamentaria.
    Pero no hay NINGÚN organismo que tenga potestad para cambiar un Anteproyecto antes de que entre en la Cámara y se convierta en Proyecto. Tendrá potestad para añadirle informes y observaciones.

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  13. Aloe,
    Tienes un error de concepto básico. El anteproyecto no se envía a las Cortes. El anteproyecto es un documento previo y distinto al proyecto, que se envía a los órganos consultivos oportunos (algunos, por mandato legal, otros por decisión libre del gobierno).

    Y a las Cortes no se envía el Anteproyecto más los informes, sino un solo documento, el Proyecto, que es posterior al anteproyecto, y que puede ser idéntico, si el gobierno decide no atender ninguna propuesta de los órganos consultivos, o puede ser distinto, en cosas más o menos sustantivas.

    Insisto, ese es el procedimiento. NO es, como tú dices, que el gobierno "pueda devolver el anteproyecto al Consejo de Ministros". Es que el anteproyecto es un paso en el camino para llegar al proyecto. Es justamente el paso previo, necesario, si se quieren pedir dictámenes, por ejemplo, al Consejo de Estado, como dice su ley:
    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo3-1980.t3.html

    Y así, como puedes ver, por ejemplo, en el PROYECTO de ley para ratificar el último tratado UE, en la Exposición de Motivos, se incluyen referencias al dictamen del Consejo de Estado. Claro, porque el PROYECTO de ley se aprueba por el Consejo de Ministros después de que el Consejo de Estado haya emitido su dictamen sobre el ANTEPROYECTO de ley.
    http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/A_010-01.PDF

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  14. Aquí tienes la Ley del Gobierno, artículo 22. Me he equivocado en una cosa, el PROYECTO sí se envía a las Cortes con documentos de acompañamiento. Pero la diferencia entre anteproyecto y proyecto queda clara.

    Artículo 22. De la iniciativa legislativa del Gobierno.

    1. El Gobierno ejercerá la iniciativa legislativa prevista en los artículos 87 y 88 de la Constitución mediante la elaboración, aprobación y posterior remisión de los proyectos de Ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado.

    2. El procedimiento de elaboración de proyectos de ley a que se refiere el apartado anterior, se iniciará en el ministerio o ministerios competentes mediante la elaboración del correspondiente anteproyecto, que irá acompañado por la memoria, los estudios o informes sobre la necesidad y oportunidad del mismo, un informe sobre el impacto por razón de género de las medidas que se establecen en el mismo, así como por una memoria económica que contenga la estimación del coste a que dará lugar. En todo caso, los anteproyectos de ley habrán de ser informados por la Secretaría General Técnica.

    3. El titular del Departamento proponente elevará el Anteproyecto al Consejo de Ministros a fin de que éste decida sobre los ulteriores trámites y, en particular, sobre las consultas, dictámenes e informes que resulten convenientes, así como sobre los términos de su realización, sin perjuicio de los legalmente preceptivos.

    4. Una vez cumplidos los trámites a que se refiere el apartado anterior, el titular del Departamento proponente someterá el Anteproyecto, de nuevo, al Consejo de Ministros para su aprobación como Proyecto de Ley y su remisión al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado, acompañándolo de una Exposición de Motivos y de la Memoria y demás antecedentes necesarios para pronunciarse sobre él.

    5. Cuando razones de urgencia así lo aconsejen, el Consejo de Ministros podrá prescindir de los trámites contemplados en el apartado tercero de este artículo, salvo los que tengan carácter preceptivo, y acordar la aprobación de un Proyecto de Ley y su remisión al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado.

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  15. "La UE publica las propiedades comprobadas de 67 nutrientes"
    http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/05/28/actualidad/1338197298_516395.html
    En el cuerpo "la Comisión recibió más de 44.000 solicitudes que redujo a 4.637 una vez agrupó las que eran iguales. Esto quiere decir que rechazó 19 de cada 20 supuestos beneficios." NO, eso quiere decir que de cada 20 supuestos beneficios correspondían a uno solo, porque eran (o dejaban de ser) el mismo.

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  16. Vale, Josu. Me he equivocado. Haré un upgrade de mis conocimientos (justitos) de procedimientos legales, que datan de muchos años atrás. Ni siquiera han llegado a la Ley del Gobierno citada, que me voy a leer.

    Pero, si hay disparate periodístico o no, los hechos empíricos lo dirán: vamos a ver cuánto de lo que diga la comisión de expertos se incorpora a un nuevo anteproyecto o al proyecto definitivo. Me apuesto a que poco.

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  17. La noticia del chaval indio-alemán genio de las matemáticas que ha resuelto un problema de tres siglos que ni el mismísimo Newton pudo resolver... no es tal http://francisthemulenews.wordpress.com/2012/05/29/el-problema-de-newton-y-la-solucion-que-ha-obtenido-shouryya-ray-16-anos/

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  18. Respecto al tema de los pagarés, los nºs son lo de menos. Después del timo de las preferentes, han optado por este, legal, sin coberturas... intentaron colocarlo como “depósitos” y fué tan descarado que curiosamente fué la CNMV!!! quién les paró los pies. Me alucina que un medio serie les dedique un articulo hablando de virtudes/defectos objetivos, con nºs que nada dicen de la realidad: El que entre en este juego lo perderá todo sin posibilidad alguna de reclamación. Perdón por el rollo, es un aviso a incautos, en estos tiempos de inseguridad inducida mirad con lupa cualquier cosa que los alquimistas, digo la banca, os ofrezca.
    Saludos cordiales y magnífico blog!

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