11 de mayo de 2023

Una modesta propuesta de reforma de la ley electoral

[Esta entrada no es sobre medios de comunicación]

 En pocos días se me han acumulado varias anécdotas relacionadas con un aspecto, reconozco que de importancia pequeña, pero no trivial, de nuestra ley electoral:

1. Un amigo candidato a concejal de un pequeño pueblo de Ávila, por uno de los dos partidos grandes, me preguntó se me importaría aparecer en su lista electoral, en uno de los últimos puestos, simplemente de relleno, porque necesitan llenar la lista con "alguien", aunque no sea del partido, ni viva allí, ni coincida políticamente ideológicamente con ellos, pero no le importe hacerles el favor.

2. Un amigo de un amigo me cuenta que va en la lista electoral de un pequeño pueblo de la sierra de Madrid, distinto del que vive, también en últimas posiciones, sin posibilidad de ser elegido, aunque no coincide del todo políticamente con ese partido, pero es por hacer un favor a su mujer, que es miembro de ese partido, y candidata ella también a concejala.

3. Se arma un mini-escándalo, con mucho choteo en las redes y los medios, sobre la lista de Ciudadanos para el ayuntamiento de Oviedo, en la que van como candidatos la mujer, la cuñada, la suegra y una tía del candidato a alcalde. Leyendo la noticia vemos que esas personas ocupan los puestos 15, 22, 25 y 26, en una lista de 30 (27 más tres suplentes), para un ayuntamiento en el que Ciudadanos, en los buenos tiempos consiguió que se eligieran cinco concejales.

Las tres anécdotas son pequeñas ilustraciones de algo que todo el mundo que está en política, y cualquiera que preste un mínimo de atención sabe, que es que un número importante de los "candidatos" en las elecciones son simplemente de relleno y no tienen ninguna aspiración de ser elegidos ni intención alguna de desempeñar el cargo, suponiendo que por una serie de catastróficas desdichas todos los miembros de la lista en posición superior fueran renunciando a él. Son candidatos puramente ficticios.

Y para cumplir con ese ritual ficticio que la ley electoral impone, los partidos, incluso los más grandes, acaban pidiendo favores a amigos y familiares, en pueblos pequeños y no tan pequeños, para que figuren, haciendo bulto, para cumplir con una formalidad vacía de contenido impuesta por la ley. Los partidos más pequeños, como ilustra la anécdota tercera, pueden incluso acabar tirando de familiares para puestos de relleno en ciudades grandes, acabando en situaciones cómicas como la de Ciudadanos en Oviedo, pero en realidad igual de faltas de consecuencias que si esos puestos los hubieran ocupado compañeros de trabajo, vecinos o primos terceros de otros miembros de la lista, sin ninguna verdadera intención de salir elegidos.

Tal vez piensen ustedes que todo esto no tiene importancia, y es cierto que no es un problema demasiado grave, pero tampoco es irrelevante. La ley electoral impone a los partidos políticos una carga de trabajo considerable, con todo el papeleo administrativo que supone buscar y presentar documentación de decenas miles de falsos candidatos (se eligen ahora unos 67.000 concejales). Para los partidos pequeños esa carga es aún más ridícula. Pensemos en un partido, que aspire a conseguir uno o dos concejales en, pongamos, los aproximadamente 260 municipios que hay en España con más de 30.000 habitantes. La ley les obligaría a poner en sus listas a unas 5.000 personas, cuando en realidad los únicos con aspiraciones reales de ser elegidos serían entre 250 y 500. Hay que buscar unos 10 candidatos falsos por cada candidato de verdad, ciudad por ciudad, para satisfacer una exigencia absurda de la ley electoral, creando así una barrera innecesaria a la participación electoral.

Todo eso se podría resolver con una modificación muy simple de la ley electoral, que permitiera a los partidos y coaliciones presentar listas con menos candidatos que el total de los puestos a elegir, tal vez con un mínimo de, qué se yo, un 25% de los puestos elegibles, o incluso sin él. Y así cada partido podría hacer sus cábalas de cuántos puestos puede esperar obtener, y presentar listas con ese número de candidatos más unos pocos candidatos de verdad adicionales, contando con la posibilidad de obtener algún escaño más que sus mejores expectativas, y con tener un número de suplentes disponibles, para los casos de renuncias, incapacidades o fallecimientos que se pueden dar a lo largo de un mandato de cuatro años.

Lo normal sería que nunca ningún partido se quedara sin candidatos disponibles para cubrir todos los puestos elegidos, y las suplencias que surgieran durante el mandato. Si muy de cuando sucediera eso en algún lugar, se podría regular que el partido que se hubiera equivocado en sus cálculos simplemente perdiera ese puesto de concejal, o diputado, o bien algún otro procedimiento para designar a posteriori un sustituto para la vacante no cubierta. A algún jurista puritano le puede resultar extraño ese procedimiento, ya que pondríamos en un puesto electivo a alguien a quien nadie ha votado. Pero en realidad, ese suplente designado a posteriori, sería tan poco "elegido" por los votantes, en un sentido material, y no formal, de la expresión, como el número 30 de la lista de cualquier partido pequeño al ayuntamiento de Oviedo, o de cualquier otra ciudad con 27 concejales.

Lo curioso es que en este caso los administrados que son "víctimas" de la mala legislación son los partidos políticos, que tienen en sus manos el poder para cambiar la ley. Por qué no lo hacen es un misterio para mí. Tal vez los grandes piensan que la ley les beneficia, ya que es más fácil para ellos encontrar esos miles y miles de candidatos de mentirijillas, y así le hacen la vida más difícil a los partidos pequeños. O tal vez es pura inercia: "Siempre se ha hecho así". Pero si siempre se ha hecho mal, habrá que dejar de hacerlo algún día, ¿no?

3 comentarios:

  1. > ya que pondríamos en un puesto electivo a alguien a quien nadie ha votado.

    En realidad, el votante sabría que vota a una lista incompleta y que corre el riesgo de que su voto vaya a parar a un sitio raro. (Y este riesgo ya existía, que fuese a parar al amigo/cuñado/etc. de alguien...)

    Desde el desconocimiento, no me parece mal lo que propones. Y seguramente se podría encontrar una fórmula jurídica válida para evitar este riesgo (importaría tanto que en poblaciones de pongamos menos de 1000 habitantes, se diese la opción a que los partidos representados pudiesen buscar una solución [convocar otras elecciones? dar un periodo de gracia para que el partido busque otra persona?]).


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    1. La solución de organizar elecciones nuevas aunque parece la más sensata democráticamente plantea varios problemas. Uno, si se hace una elección solo en un pueblo, para elegir un concejal, imagina qué nivel de participación puede haber. Pero todavía más problemático es cómo hacerlo: recordemos que en la elección inicial ya se distribuyeron los concejales. Ahora uno de los partidos, por mal cálculo suyo, o por peleas o desgracias personales, se ha quedado sin electos ni suplentes para cubrir un puesto que les correspondía. ¿Haces una elección en la que pueden presentarse todos? Entonces, es muy posible que el concejal sea para otro partido, y cambias la distribución de fuerzas. Para eso es más fácil decir simplemente que el partido que se quede sin suplentes pierde ese voto, y ya está. Se siente.

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  2. Creo que podría tener consecuencias indeseables (preferiría ampliar a >250 hab. el régimen de listas abiertas del Art. 184 de la LOREG), pero el problema está ahí.
    Justo hoy se publicaba esto https://elpais.com/espana/elecciones-municipales/2023-05-17/el-pueblo-con-menos-territorio-de-espana-se-llena-de-paracaidistas-para-las-elecciones.html

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