En efecto, El País del domingo 7 de noviembre, en su sección de Negocios publicaba un artículo titulado "El tobogán de las jubilaciones", donde se informaba sobre los recientes vaivenes de los resultados de los planes de pensiones, y luego se incluía alguna información sobre su situación legal El párrafo que irrita a Salvatierra es éste:
Para este año 2004, los particulares menores de 52 años pueden aportar a uno o varios planes de pensiones hasta 8.000 euros. Una vez superada esta edad, y por cada año de más que tenga el trabajador hasta los 65 años se puede destinar a estos productos financieros 1.250 euros anuales adicionales, con el tope máximo de 24.250 euros. Estas aportaciones reducen la base imponible (ingresos totales) sobre la que se calculan los impuestos a pagar. Así, por cada 1.000 euros de aportación se consiguen, en función de la situación económica de cada contribuyente, ahorros fiscales que oscilan entre 150 y 450 euros.Y éste es su comentario:
Todos los años se cuela el mismo error en montones de artículos sobre el tema ¿apuesta alguien cuántas veces más vamos a encontrar este error hasta el 31 de diciembre?Un ejemplo más de la cultura estatista que confunde "la máxima cuantía por la que el estado te da ayudas" con "la máxima cuantía que puedes invertir". Seguiremos la pista.
No señores, cada uno puede aportar lo que le dé la gana a un plan de pensiones, otra cosa son las ventajas fiscales, esas sí tienen un tope en función de la edad, hasta 8000 euros/año para personas de hasta 52 años y 1.250 euros más por cada año de edad por encima de esa edad hasta 24.250 euros/años para los de 64 años. La diferencia de concepto es considerable, y todos los años nos lo cuentan mal en las páginas blancas y ¡caray! también en las salmón.
Y si buscas otros periódicos leerás lo mismo un montón de veces.
Comentarios hasta el 27-12-09
Tampoco está claro que sea una ganga 'ahorrarse impuestos' esos supuestos 8000 euros.
Se inmoviliza la cantidad total ahorrada hasta los sesenta y cinco años o hasta el momento se liberén por causa de fuerza mayor. Y entonces se pagan impuestos a tope.
A mi modo de ver no es más que un 'aplazamiento' de los impuestos.
Se inmoviliza la cantidad total ahorrada hasta los sesenta y cinco años o hasta el momento se liberén por causa de fuerza mayor. Y entonces se pagan impuestos a tope.
A mi modo de ver no es más que un 'aplazamiento' de los impuestos.
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